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Normas de convivencia ciudadana

Normas de convivencia ciudadana

1. Comportamiento en la calle.

  • Tu mascota debe ir siempre acompañada en la vía pública, sujeta y con correa de máximo 2 metros de longitud. Todos los perros, cuya peligrosidad, haya sido constatada por su naturaleza, sus características y los especificados en la normativa sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos tienen que circular con bozal.
  • Recuerda, es tu obligación evitar que tu perro ensucie la vía pública y no cumplirlo comporta importantes sanciones. Las personas responsables de perros deberán ir provistos de, al menos, una bolsa de plástico, para la recogida de los excrementos y una botella con agua y/o líquido desinfectante que tendrán que utilizar para limpiar la zona.
  • No está permitida la entrada a jardines y zonas de juego, excepto en los espacios específicos para perros.

 2. Comportamiento en el parque canino.

En los parques caninos hay unas normas de obligado cumplimiento para garantizar el descanso de los vecinos. Estas son:

  • Respetar el horario establecido.
  • Recoger las deposiciones del animal.
  • Usar siempre bozal y correa en perros potencialmente peligrosos.
  • Vigilar el animal constantemente.
  • Cuidar y respetar el espacio.
  • Cerrar la puerta de acceso en las entradas y salidas del recinto.
  • Queda prohibido el uso de este área para cualquier actividad que no sea el esparcimiento de los animales.
  • El poseedor del animal, será el responsable de los daños y perjuicios que éste ocasione y tendrá que repararlos.

A este respecto, consulta la Ordenanza municipal de convivencia ciudadana.

Si tienes dudas sobre otros aspectos, consulta la Infografía de la Ley de Bienestar Animal.

3. En caso de mordedura de perro.

En caso de mordedura de perro se debe someter al animal a una evaluación o reconocimiento previo por parte de un veterinario, con objeto de observar la existencia de indicios clínicos y/o epidemiológicos compatibles con rabia y establecer al animal a un periodo de observación de 14 días. Posteriormente el veterinario emitirá un informe sanitario, el cual deberá remitirse al Ayuntamiento. El Ayuntamiento informará a la entidad gestora del Registro Informático Valenciano de Identificación Animal (RIVIA) de los resultados de dicho informe. El animal pasará automáticamente a condición de animal potencialmente peligroso, con la consecuencia de estar en obligación de obtener la licencia correspondiente.

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